Abogados de Visas Tipo B-1 / B-2 en Chicago
Visa B-1
La visa B-1 es una categoría de visa temporal reservada para actividades comerciales. Si bien el alcance de la visa es amplio y cubre una variedad de actividades comerciales, incluyendo consultas con socios comerciales o clientes de EE. UU., viajes a convenciones en los Estados Unidos, negociaciones de contratos y liquidación de bienes, los visitantes B-1 no pueden recibir pagos ni compensaciones en los Estados Unidos. Los límites en el ámbito de la actividad comercial bajo una visa B-1, hacen especialmente importante que consulte con un abogado profesional para confirmar que sus actividades previstas son legales bajo los términos de su estado migratorio.
Visa B-2
La visa B-2 es también una categoría de visa temporal reservada para viajes de corta duración a los Estados Unidos de índole relacionada al turismo, visita familiar o tratamiento médico.
(Fuente: www.uscis.gov, visite “Visitantes a los Estados Unidos”; http://travel.state.gov/visa/temp/types/types_1262.html)
Preguntas frecuentes sobre las visas B-1 y B-2
La visa B-1 está diseñada específicamente para visitantes de negocios que realizan actividades comerciales legítimas, como consultas, negociaciones, conferencias o negociaciones contractuales, y prohíbe estrictamente cualquier tipo de empleo o remuneración dentro de Estados Unidos. La visa B-2 está destinada a visitantes temporales que buscan turismo, visitar a familiares o amigos, recibir tratamiento médico o participar en actividades recreativas sin fines comerciales.
Las actividades permitidas para la visa B-1 incluyen la asesoría con socios comerciales, la asistencia a reuniones o conferencias de negocios, la negociación de contratos, la realización de estudios de mercado y la liquidación de herencias u otros asuntos legales para un empleador extranjero. Estas actividades deben ser temporales y no puede recibir salario ni pago alguno de una fuente estadounidense, aunque su empleador extranjero puede reembolsar los gastos.
Los vínculos sólidos se pueden demostrar mediante evidencia de empleo, propiedad, relaciones familiares, compromisos educativos o intereses comerciales que lo impulsen a regresar a casa después de su visita temporal. La clave está en demostrar que tiene importantes conexiones sociales, económicas o personales en el extranjero que compensan cualquier incentivo para permanecer permanentemente en Estados Unidos.
Exceder el período autorizado puede resultar en la anulación automática de su visa, lo que lo expulsará de Estados Unidos y podría estar sujeto a restricciones de admisión en el futuro. Incluso una breve permanencia puede tener graves consecuencias para futuras solicitudes de visa y beneficios migratorios, por lo que es crucial monitorear atentamente la fecha de vencimiento de su I-94.
Sí, puede solicitar la extensión de su estatus B-1 o B-2 presentando el Formulario I-539 ante el USCIS antes del vencimiento de su estadía autorizada actual, demostrando que sigue cumpliendo con los requisitos y tiene razones convincentes para la extensión. Las extensiones no son automáticas y requieren demostrar que ha mantenido su intención temporal, cuenta con recursos financieros suficientes y que las circunstancias justifican el tiempo adicional.