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FAQ

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  • ¿QUÉ ES EL AJUSTE DE ESTATUS?

    El término “ajuste de estatus” se utiliza a menudo en el mundo de la inmigración. Esto significa exactamente como suena; uno está ajustando su estatus dentro de los Estados Unidos. Cuando alguien comienza y termina de solicitar la residencia permanente mientras se encuentra en los Estados Unidos, está ajustando su estatus de residente temporal a residente permanente. Para aquellos que han comenzado el proceso, pero deben completarlo fuera de los EE. UU., utilizamos el término «procesamiento consular».

  • ¿QUÉ ES EWI? (Entry Without Inspection - Entrada Sin Inspección)

    Cuando ingresa a los Estados Unidos pasando por un punto de control, generalmente ingresa sin inspección (EWI). Debemos entender que EWI y el término “ilegalmente” NO significan lo mismo. Es importante tener en cuenta que si ingresa sin inspección pero luego se encuentra y conversa con un oficial fronterizo, su estado EWI no cambia.

  • ¿QUÉ ES EL PROCESO CONSULAR?

    El procesamiento consular es el proceso mediante el cual cualquier persona fuera de los Estados Unidos, y aquellos que ya se encuentran en los EE. UU. y que no son elegibles para procesar su solicitud dentro de este país, solicitan la residencia permanente. Al pasar por este proceso, un familiar o empleador puede presentar una petición en su nombre que luego será procesada a través del consulado de los EE. UU. en su país de origen. Si es elegible, recibirá una visa de inmigrante. Una vez que ingrese al país con esa visa, se convertirá en residente permanente de los Estados Unidos.

  • ¿POR QUÉ TENGO QUE HACER EL TRÁMITE CONSULAR?

    Incluso si ya se encuentra dentro de los Estados Unidos, es posible que aún tenga que salir del país y solicitar la residencia permanente en su país de origen. La forma en que puede solicitar su tarjeta de residente permanente depende de dos factores: cómo ingresó a los EE. UU. y, en algunos casos, si no tiene estatus el día de la solicitud. Todos aquellos que ingresaron sin inspección, y algunos otros que no estaban en estatus en la fecha en que solicitaron la residencia permanente, deben regresar a su país para solicitarla. Sin embargo, existen algunas excepciones, incluso si usted califica para la exención 245(i).

  • ¿QUÉ ES LA PROHIBICIÓN DE DIEZ AÑOS?

    La prohibición de diez años se aplica a quienes permanecen en los Estados Unidos sin estatus durante más de un año y luego abandonan el país. Si ha acumulado presencia ilegal y abandona los EE. UU., tendrá que esperar fuera del país durante diez años antes de solicitar volver a ingresar. Sin embargo, se pueden presentar algunas exenciones para evitarlo. Si usted puede demostrar que un padre o cónyuge ciudadano estadounidense o residente permanente experimentará dificultades durante esos diez años, puede calificar para la exención I-601 o I-601A.

  • ¿QUÉ SON LAS APLICACIONES PERM?

    Antes de que un empleador pueda patrocinar a un empleado, a menudo se le exige que demuestre que ha recibido alguna certificación laboral. Para hacer esto, el empleador debe solicitar una determinación del salario prevaleciente, en la que el Departamento de Trabajo revisa la descripción del trabajo y devuelve lo que cree que es el salario promedio para el puesto. Luego, el puesto debe anunciarse correctamente en un intento para reclutar estadounidenses para cubrir dicha posición. Si no hay solicitantes calificados, se puede presentar una solicitud PERM. Una vez que se haya determinado que todos los pasos se han completado correctamente, los empleadores pueden patrocinar la residencia permanente legal de sus empleados.

  • ¿QUÉ SIGNIFICA HÁBEAS?

    Habeas, o Habeas Corpus, es el procedimiento legal que impide que el gobierno detenga a una persona indefinidamente sin demostrar una causa. Para los inmigrantes, es el proceso de impugnar una detención prolongada, específicamente después de una orden de deportación tras perder su caso en un tribunal de inmigración. A veces, la deportación puede tardar varios meses o años. Sin embargo, el Tribunal Supremo dictaminó que permanecer detenido durante más de seis meses no es razonable y no tiene causa justificada. La detención puede impugnarse presentando una petición de Habeas Corpus en un tribunal federal, donde el juez determina si el gobierno debe liberar al inmigrante.

  • ¿QUÉ SON LOS PROCEDIMIENTOS DE DEPORTACIÓN?

    Un procedimiento de deportación es el proceso mediante el cual el Departamento de Seguridad Nacional intenta deportar a alguien que se cree que se encuentra en los Estados Unidos en violación de la ley. Muchas personas, aún al haber violado alguna ley en los EE. UU. tienen derecho a un proceso de deportación. Durante las audiencias de deportación, se responden dos preguntas: ¿el inmigrante es deportable? Y, de ser así, ¿es él o ella elegible para recibir ayuda que le permita permanecer en los EE. UU.? Un juez de inmigración escucha el caso y finalmente toma la decisión final.

  • ¿QUÉ ES UNA AUDIENCIA DE CALENDARIO MAESTRO?

    Una audiencia de calendario maestro es la primera en audiencias de deportación ante un juez de inmigración. Esta audiencia es importante debido a las decisiones que se pueden tomar. Si bien esta audiencia le brinda a la persona a la que se le ordenó comparecer la oportunidad de decirle al tribunal por qué puede y debe permanecer en los EE. UU.También le brinda al juez la oportunidad de discutir cuestiones preliminares sobre el caso, así como tomar decisiones importantes, como establecer otra audiencia, ordenar la expulsión o denegar una solicitud de amparo.

  • ¿QUÉ ES LA ORDEN JUDICIAL DE MANDAMUS?

    Una orden judicial de Mandamus es una demanda presentada ante un tribunal federal para obligar a un funcionario del gobierno a cumplir con su deber. En inmigración, esto se utiliza a menudo para obligar al Servicio de Inmigración a decidir sobre una solicitud que ha estado pendiente durante mucho tiempo. Para poder presentar la solicitud, su abogado debe poder demostrar, entre otras cosas, lo siguiente: que la agencia tiene el deber de decidir la solicitud, que usted tiene derecho a que se decida la solicitud y que la demora no es razonable. Después de escuchar a los abogados de ambas partes, un juez puede ordenar a la agencia que decida sobre la solicitud.

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